sábado, 21 de abril de 2007

Detención arbitraria del Sr. Oscar Elías Biscet

Cuba: ACCIÓN URGENTE - EL OBSERVATORIO
CUB 001 / 1205 / OBS 121

Detención arbitraria / Estado de salud preocupante CUBA 7 de diciembre de 2005El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial contra la Tortura (OMCT) y de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Cuba:
Descripción de la situación:

El Observatorio ha recibido con preocupación informaciones de fuentes fidedignas acerca del estado de salud y las condiciones de detención del Sr. Oscar Elías Biscet, médico y defensor de los derechos humanos, fundador y Presidente de la Fundación Lawton, una organización de derechos humanos independiente, quien se encuentra actualmente en la Prisión del Combinado del Este en La Habana.Según las informaciones, el director de la mencionada prisión, el Teniente Coronel Miguel Azcuy, le informó a la familia del Dr. Oscar Elías Biscet en una entrevista previamente solicitada y concedida para el día 3 de noviembre de 2005, que éste se encuentra en “Fase de Régimen Mayor Severo. Fase 1” desde agosto de 2005 y que mientras se niegue a vestirse con el uniforme de preso, no recibirá ningún beneficio, y que además, debían estar preparados porque su situación puede empeorar.El Dr. Oscar Elías Biscet, quien anteriormente ha sido detenido, encarcelado y condenado en varias ocasiones, fue condenado de nuevo el 26 de febrero de 2005 a tres años de prisión por haber ondeado una bandera cubana hacia abajo como señal de protesta contra los abusos y violaciones de los derechos humanos en Cuba. Fue acusado de "insultar y faltar el respeto a los símbolos patrios", "desorden público" e "instigación a la comisión de crímenes".De acuerdo con las informaciones, al Dr. Oscar Elías Biscet, quien padece de hipertensión, gastritis crónica e hipercolesterolemia, ya no le dejan pasar los alimentos que le lleva su familia, según la dieta que requiere su mal estado de salud. Además, éstas visitas familiares se han reducido y, en vez de ser cada 45 días, serán cada cuatro meses (y con una duración de dos horas) y la visita conyugal será cada 5 meses por un espacio de 3 horas. Solamente durante las mismas podrá recibir su provisión de aseo personal y algunos alimentos. Según las denuncias, el Dr. Oscar Elías Biscet permanece en una celda en donde, con frecuencia, carece de agua y además, no se le permite salir a tomar el sol diariamente.El Observatorio se muestra sumamente preocupado y llama su atención acerca de las extremadamente preocupantes condiciones de detención del Dr. Oscar Elías Biscet.De acuerdo con las informaciones, toda ésta situación de salud del Dr. Oscar Elías Biscet es de pleno conocimiento del Consejo de Estado, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y del Ministerio del Interior, en donde en el año 2004 se entregaron cartas y el resumen de su historia clínica, e incluso también, la Sra. Hilda González, madre del Dr. Oscar Elías Biscet, dirigió y entregó una carta al Sr. Presidente Fidel Castro solicitando que acercaran a su hijo a una prisión mas cercana a su lugar de residencia, así como un mejor trato para ella como persona, pues ella presenta serios problemas de salud. El Observatorio conoció que esta petición fue cumplida desde diciembre de 2004 hasta agosto de este año, donde tanto el Sr. Oscar Biscet como sus familiares pudieron tener comunicación entre ellos y recibieron un trato aceptable por parte de las autoridades penitenciarias. Sin embargo, la última vez que vieron al Dr. Oscar Elías Biscet estaba muy delgado, y presentaba problemas con la presión arterial alta.Según las informaciones, el Dr. Oscar Elías Biscet había sido condenado, el 10 de marzo de 2003, a una pena de 25 años de prisión por ejercer el derecho a la libre asociación, expresión y reunión, por oponerse a la pena de muerte, así como, según las denuncias, por desear para Cuba un sistema de gobierno democrático. Además, el Dr. Oscar Biscet había sido detenido más de una decena de veces, una de ellas el 3 de noviembre de 1999, tras lo cual cumplió una condena de tres años de cárcel bajo los cargos de «ultraje a los símbolos de la patria», «desorden público», e «instigación a delinquir». El Dr. Oscar Biscet, quien se encontraba recluido en la cárcel de máxima seguridad de la provincia de Holguín, fue puesto en libertad el 31 de octubre de 2002, y según las informaciones, poco después dio una conferencia de prensa en la que denunció las condiciones penitenciarias.Asimismo, el Observatorio recuerda y manifiesta su honda preocupación por el hecho de que la situación en la que se encuentra el Dr. Oscar Elías Biscet no es única ni aislada; sino que son numerosos los casos de dramáticas condiciones de detención que violan la integridad física y psicológica de presos de conciencia en la isla. Por ello, solicita a las autoridades que tomen de manera urgente las medidas más apropiadas para garantizar una mejora de las mismas y un tratamiento a los presos según sus derechos (ver, entre otros, el Llamado Urgente CUB 001/0504/OBS 033.1, emitido el 12 de agosto de 2005, caso Juan Carlos González Leiva).
Acción solicitada:
Favor escribir a las autoridades cubanas urgiéndoles a:
i. tomar de manera inmediata las medidas apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. Oscar Elías Biscet, incluyendo una atención médica adecuada para su estado de salud, y en general de todos los defensores de derechos humanos en Cuba;ii. proceder a la revisión de su proceso judicial para lograr su liberación inmediata ya que su detención y condena son arbitrarias con arreglo a las normas internacionales de protección de los derechos humanos;iii. ordenar que el proceso judicial que se sigue contra el Sr. Oscar Elías Biscet, sea llevado de manera independiente e imparcial y sus derechos al debido proceso sean garantizados en todo momento;iv. asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente a la protección del Derecho de toda persona "individual o colectivo, de promover la protección y el respeto de los derechos humanos, de las libertades fundamentales, tanto en el plano nacional como internacional y a esforzarse por ellos" (Art.1), y a la obligación del Estado de garantizar "la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración" (Art. 12.2);v. asegurar la aplicación de lo dispuesto sobre reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos del primer Congreso de las Naciones Unidas sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente adoptadas en 1955 y aprobadas por el Consejo Económico y Social (ECOSOC) en sus resoluciones 663C y 2076 de 1957 y 1977 respectivamente;vi. de manera general, conformar sus acciones a lo dispuesto por la Declaración Universal de los derechos Humanos.

Direcciones:
§ Dr. Fidel Castro Ruz, Presidente de los Consejos de Estados y de Ministros, La Habana, Cuba, Fax: + 53 7 8333085 (a través del Ministerio de Relaciones Exteriores), Correo-E: f_castro@cuba.gov.cu
§ Misión Permanente de la República de Cuba ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra, 100, Chemin de Valérie, 1292 Chambésy, Fax: + 41.22.758.94.31 E-mail : mission.cuba@ties.itu.int ; mission.cuba.oficomex@ties.itu.int
§ Dr. Juan Escalona Reguera, Fiscal General de la República, Fiscalía General de la República, San Rafael 3, La Habana, Cuba, Fax: + 53 7 669 485 / 333 164
§ Sr. Felipe Pérez Roque, Ministro de Relaciones Exteriores, Ministerio de Relaciones Exteriores, Calzada No. 360 Vedado, La Habana, Cuba, Fax:+ 53 7 8333 085, Correo-E: cubaminrex@minrex.gov.cu
§ General Abelardo Coloma Ibarra, Ministro del Interior y Prisiones, Ministerio del Interior, Plaza de la Revolución, La Habana, Cuba, Fax: + 53 7 8301 566
Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Cuba en sus respectivos países.***Ginebra, París, 7 de Diciembre de 2005Agradeceremos informar al Observatorio acerca de cualquier acción emprendida, indicando el código del presente llamado.El Observatorio, programa conjunto de la FIDH y la OMCT, está destinado a la protección de los defensores de los derechos humanos víctimas de violaciones, proporcionándoles una ayuda cotidiana tan concreta como sea posible.Premio de Derechos Humanos de la República Francesa, 1998Para contactar el Observatorio, comuníquese a la Línea de Urgencia: Tel. y fax FIDH : + 33 1 4 355.20.11 / + 33 1 43 55.18.80Tel. y fax OMCT : + 41 22 809.49.39 / + 41 22 809.49.29E-mail : Appeals@fidh-omct.org

http://www.omct.org/base.cfm?cfid=1433037&cftoken=910393&page=article&consol=close&rows=7&num=5788&kwrd=OBS&SWITCHLNG=ES

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